Las normas de la Antigua Roma (el Derecho Romano), que diferenciaban entre derecho público y privado, son la base del ordenamiento jurídico actual de muchos países occidentales.
El Derecho Romano es el nombre que damos al conjunto de normas que rigieron la vida de la Antigua Roma durante los catorce siglos que el Imperio se mantuvo en pie. En este post analizamos en qué consiste el Derecho Romano, contando brevemente su historia y fundamentos, para entender la importancia que tiene hoy en día.
En la actualidad, entendemos por Derecho Romano el ordenamiento jurídico que reguló las actividades de los ciudadanos del Imperio, desde su fundación —en el año 753 a. C.— hasta su caída en el siglo V d. C., siendo un cuerpo legal vivo que se adaptó para cubrir las necesidades sociales de cada momento histórico.
El compendio de normas de la Antigua Roma siguió vigente hasta la caída del Imperio bizantino, en el año 1453, pero sus fundamentos se han mantenido vivos a lo largo de los últimos siglos. Primero, a través de su inclusión en los textos jurídicos germánicos y, después, como parte del ius commune y de los diversos derechos nacionales, sirviendo de base no sólo para el desarrollo de la legislación civil de gran parte de Europa y de toda América Latina, sino también para el desarrollo de múltiples instituciones y principios de derecho público como la separación de poderes, la regulación de los bienes públicos, crímenes, la organización administrativa, la materia urbanística o el sistema impositivo, entre otros.
Las bases del Derecho Romano
Los más de mil años de legislación y formas de entender la ley del Imperio romano abarcan desde el primer código de leyes de la Antigüedad, la Ley de las XII Tablas, hasta la compilación jurídica que realizó el emperador Justiniano en el siglo VI d. C., conocida como Corpus Iuris Civilis y considerada como una de las obras jurídicas más importantes de la historia.
Para construir el ordenamiento jurídico que forma el Derecho Romano se tomó como base la costumbre, es decir, los actos socialmente aceptados y que a través de la repetición quedaban validados como una forma de actuar legítima para responder a una necesidad jurídica.
Por tanto, los romanos regulaban tanto la esfera pública del ciudadano —su relación con el Estado—, como la privada —entre los propios ciudadanos—, apoyándose en las soluciones similares que habían resuelto de forma exitosa: conflictos de propiedad, compraventas viciadas, adquisición por posesión continuada en el tiempo, hurtos, delitos violentos… Situaciones que hoy en día han quedado reflejadas en nuestro ordenamiento en el Código Civil, Código Penal y en el Código de Comercio, entre otras normas que constituyen la base del sistema jurídico.
Pero además de la costumbre, el Derecho Romano tenía otras fuentes: las decisiones que tomaba el Senado —como representante del pueblo— sobre las normas que debían regir a los ciudadanos; los pronunciamientos de los magistrados romanos; las leyes aprobadas por los ciudadanos en los comicios; los plebiscitos, que es la denominación de las decisiones que tomaba la plebe romana en sus asambleas; los iura u opiniones de los jurisconsultos; y, a partir del Principado, las ‘constituciones imperiales’ o normas que emanaban de los propios emperadores.
Estas decisiones, tomadas por los distintos órganos en que se organizaba la sociedad romana, sirvieron para dar forma a un cuerpo legal escrito que complementaba las normas no escritas, un ordenamiento que establecía los derechos y libertades de los ciudadanos y la forma de resolver los conflictos o de castigar los incumplimientos.
A pesar de ser una legislación tan antigua, su influencia en diferentes factores sociales, políticos y económicos ha trascendido en el tiempo. Esto se debe a que los romanos supieron elaborar un cuerpo legislativo sencillo, capaz de dar respuesta a los conflictos que surgían entre los ciudadanos de la manera más simple, sin buscar grandes formulaciones teóricas, aunque con un espíritu formalista muy sólido, tanto en la interpretación de su derecho como en su aplicación, buscando la solución más justa a cada caso concreto y con una enorme capacidad de adaptación a los cambios y necesidades imperantes en cada momento.
De forma simplificada, el Derecho Romano distinguía entre varias formas de comprender lo que era justo conforme a derecho:
- Ius: normas creadas por el hombre.
- Iniuria: lo contrario a esas normas.
- Fas: voluntad divina.
- Nefas: lo contrario a la voluntad divina.
Su ordenamiento distinguía también entre:
- Derecho público, que era la parte del ordenamiento jurídico que regulaba la acción del Estado en áreas del interés general y velaba por su relación con el ciudadano u otras comunidades independientes.
- Derecho privado, que era la esfera jurídica que regulaba las relaciones entre los ciudadanos y sus intereses particulares.
Según el jurista Celso, el “derecho” era el arte de lo bueno y lo equitativo. Y de acuerdo con Ulpiano, la justicia era definida como la voluntad constante de dar a cada uno su derecho, apoyándose el Derecho Romano en tres preceptos:
- Honeste vivere o “vivir honestamente”.
- Alterum non laedere o “no dañar al otro”, porque quien ocasiona un daño a otra persona lesiona sus derechos y queda expuesto a sanción.
- Suum cuique tribuere o “dar a cada cual lo suyo”, es decir, cumplir con las leyes, los contratos, pactos y reconocer el derecho ajeno.
Sin embargo, una de las diferencias con la concepción actual del Derecho, es que en el antiguo ordenamiento romano no todo ser humano era sujeto de derechos y, por tanto, no reconocía derechos a toda la sociedad, dejando fuera a los esclavos, que eran considerados cosas. Por su parte, se concedió a los latinos una especie de semiciudadanía, pudiendo alguno de ellos llegar a convertirse en ciudadanos romanos. En cambio, los derechos del resto de extranjeros o peregrinos, dependían del tratado que su comunidad hubiera firmado con Roma. Se concedió a algunos la posibilidad de realizar actos jurídicos válidos regulados por el derecho de gentes. Pero se podía dar muerte a los que se rendían sin condiciones. Asimismo, no todos los ciudadanos romanos tuvieron los mismos derechos sufriendo algunas importantes limitaciones por razón de sexo, condición social, profesión o religión, entre otras causas. Por ejemplo, las mujeres no pudieron formar parte del ejército o de las asambleas, careciendo de derechos políticos y para actuar en el tráfico jurídico necesitaron durante muchos siglos la asistencia de un tutor.
El Derecho Romano en la actualidad
Ni la caída del Imperio romano de Occidente, a finales del siglo V, ni del de Oriente, en el siglo XV, supuso la pérdida de vigencia del Derecho Romano. Los Estados europeos, a lo largo de los siglos posteriores, siguieron aplicando sus preceptos y recuperaron su estudio e interpretación para adaptarlo a sus circunstancias contemporáneas.
No es hasta los siglos XVIII y XIX cuando países como Francia, Alemania o España impulsan el movimiento codificador de sus propios ordenamientos y dan forma a nuevos cuerpos legislativos. En el caso de España, el Código de Comercio vigente se promulgó en 1885 y el Código Civil en 1889. Ambos textos han sido modificados en estos más de 130 años para adaptarse al cambio social español, pero la base y la simplicidad de algunos preceptos ha permanecido en el tiempo.
El Derecho Romano es la base de muchos de los ordenamientos legislativos actuales. No solo desarrolló la división entre el derecho público y privado sino que también tuvo relevancia en el derecho internacional o a procedimientos de defensa que siguen vigentes en la mayoría de países, como el concepto de “una persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario”. Así, entre sus cuestiones más relevantes se pueden señalar:
- Terminología: la precisión que caracteriza a la terminología legal del Derecho Romano se mantiene en la actualidad, así como muchos de sus términos como “ex lege”, “dura lex, sed lex”, “in dubio pro reo”, “iuris et de iure”, “prior in tempore, etc.
- Familia: era la base de la sociedad romana, una cuestión que se vio reflejada en su ordenamiento jurídico, que incluía conceptos, terminología y leyes que perviven hasta la actualidad (con la evolución y adaptación pertinente) que incluyen el matrimonio, parentesco, tutela, etc. Un ejemplo de esto es que el padre de la familia perdía la patria potestad si explotaba comercialmente a sus hijos hasta en tres ocasiones.
- Derechos de las mujeres: aunque dentro de la política su peso era irrelevante, fue incluida en la sociedad otorgándole derechos civiles, lo cual fue toda una novedad para aquella época. Así, el Derecho Romano contemplaba que las mujeres pudiesen dejar testamento y recibir herencias. Además, se instauró el divorcio.
- Derecho Procesal Civil: el Derecho Romano es la base del sistema jurídico actual ya que sentaron las bases para que los ciudadanos pudiesen defender sus derechos a través de procedimientos que buscaban la transparencia y la imparcialidad. Además, se crearon instituciones jurídicas como la caducidad de instancias, la sentencia, la contestación de la demanda o la apertura de lapsos probatorios.
En la actualidad, el plan de estudios del Grado en Derecho cuenta con una asignatura específica de Derecho Romano que, al estudiarse al principio de la carrera, ayuda al alumno a comprender mejor instituciones jurídicas que se desarrollaron hace siglos y que siguen plenamente vigentes: como lo son el concepto de persona física, capacidad jurídica y de obrar, obligación, derecho real, negocio jurídico, garantía, proceso, sucesión hereditaria o de propiedad privada, por ejemplo, contribuyendo a una interpretación más precisa de su regulación actual y permitiendo tanto completar como corregir sus lagunas. El estudio del Derecho Romano aporta al futuro abogado una visión global de un sistema jurídico y la lógica que lo estructura, razón por la que ha servido de base a lo largo de siglos para el desarrollo de los cuerpos jurídicos de muchos de los Estados actuales.